Calculadoras Laborales

Calculadora de Liquidación Laboral Colombia 2026

Calcula lo que te deben al terminar tu contrato: cesantías, intereses, prima de servicios, vacaciones y, si aplica, la indemnización por despido sin justa causa. Con los valores oficiales de 2026.

Cómo se calcula la liquidación laboral en 2026

La liquidación se compone de prestaciones sociales que se acumulan con el tiempo trabajado. Todas usan la base de 360 días al año (meses de 30 días), que es como se liquida en la práctica laboral colombiana. Estas son las fórmulas del Código Sustantivo del Trabajo:

ConceptoFórmula¿Incluye auxilio de transporte?
Cesantías(Salario base × días trabajados) ÷ 360Sí, si ganas hasta 2 SMMLV
Intereses sobre cesantías(Cesantías × días × 0,12) ÷ 360Va implícito en las cesantías
Prima de servicios(Salario base × días del semestre) ÷ 360Sí, si ganas hasta 2 SMMLV
Vacaciones(Salario mensual × días trabajados) ÷ 720No
Indemnización (art. 64 CST)Días de salario según tipo de contrato y antigüedadNo

Ejemplo paso a paso: un año con salario mínimo

María trabajó con contrato indefinido del 1 de agosto de 2025 al 31 de julio de 2026, con salario mínimo. En 2026 gana $1.750.905 más auxilio de transporte de $249.095, es decir, un salario base de $2.000.000:

  1. Cesantías del año en curso (1 de enero al 31 de julio de 2026 = 210 días): ($2.000.000 × 210) ÷ 360 = $1.166.667. Las cesantías de 2025 ya debían estar consignadas en su fondo en febrero.
  2. Intereses sobre cesantías: ($1.166.667 × 210 × 0,12) ÷ 360 = $81.667.
  3. Prima del semestre en curso (1 de julio al 31 de julio = 30 días): ($2.000.000 × 30) ÷ 360 = $166.667. La prima de junio ya debió pagarse.
  4. Vacaciones no disfrutadas (360 días trabajados): ($1.750.905 × 360) ÷ 720 = $875.453 — sin auxilio de transporte.

Total de la liquidación: $2.290.454. Si además la despidieron sin justa causa, se suman 30 días de salario: $1.750.905 más.

La indemnización por despido, año por año

Cuando el despido es sin justa causa y el contrato es indefinido con salario menor a 10 SMMLV, el artículo 64 del CST ordena pagar 30 días de salario por el primer año y 20 días por cada año adicional, proporcional por fracción. Ejemplo: 3 años y medio de antigüedad = 30 + 20 + 20 + 10 = 80 días de salario. En contratos a término fijo o por obra, la indemnización son los salarios del tiempo que faltaba para terminar (mínimo 15 días en obra o labor).

Errores comunes al calcular la liquidación

Recuerda que estas cifras son una estimación informativa: para casos con salario variable, comisiones o acuerdos especiales, consulta a un abogado laboralista. Y si estás pensando en tu futuro después de este trabajo, revisa cuántas semanas te faltan para pensionarte.

Preguntas frecuentes

¿Qué me deben pagar cuando termina mi contrato de trabajo?

Al terminar cualquier contrato laboral te deben pagar: los salarios pendientes, las cesantías del año en curso, los intereses sobre esas cesantías (12 % anual proporcional), la prima de servicios del semestre en curso y las vacaciones que no disfrutaste. Si fue despido sin justa causa, además la indemnización del artículo 64 del CST.

¿Cómo se calculan las cesantías en 2026?

Cesantías = (salario base × días trabajados) ÷ 360. El salario base incluye el auxilio de transporte ($249.095 en 2026) si ganas hasta 2 salarios mínimos ($3.501.810). Por ejemplo, con salario mínimo más auxilio ($2.000.000) y un año completo, las cesantías son $2.000.000.

¿El auxilio de transporte cuenta para la liquidación?

Cuenta para cesantías, intereses sobre cesantías y prima de servicios, siempre que ganes hasta 2 SMMLV. NO cuenta para las vacaciones ni para la indemnización por despido, porque estas se liquidan solo con el salario.

¿Cuánto es la indemnización por despido sin justa causa en 2026?

En contrato indefinido con salario inferior a 10 SMMLV: 30 días de salario por el primer año y 20 días por cada año adicional (proporcional por fracción). Con salario igual o superior a 10 SMMLV: 20 y 15 días. En contrato fijo: los salarios del tiempo que faltaba para terminar el contrato. En obra o labor: el tiempo faltante, mínimo 15 días.

¿En cuánto tiempo deben pagarme la liquidación?

La ley no fija un plazo general, pero el pago debe hacerse a la terminación del contrato. Si el empleador se demora sin justificación, aplica la indemnización moratoria del artículo 65 del CST: un día de salario por cada día de retraso (hasta 24 meses para quienes ganan más del mínimo).

¿Si renuncio también tengo derecho a liquidación?

Sí. Renunciar no te quita cesantías, intereses, prima ni vacaciones pendientes: esas prestaciones se pagan siempre, sin importar cómo termine el contrato. Lo único que pierdes al renunciar voluntariamente es la indemnización por despido sin justa causa.

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